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Actividad juzgadora de la Corte Suprema está limitada al alcance de la demanda de casación (10:14 a.m.)

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11 de Enero de 2019

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Al decidir sobre la admisibilidad de una demanda de casación, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia explicó, debido a la naturaleza eminentemente dispositiva de este recurso, que la actividad discursiva y juzgadora de esta corporación se encuentra limitada por el contenido y alcance de la demanda de casación que se formule para sustentar la acusación. De ahí que no le es permitido hacer interpretaciones que sobrepasen los señalamientos que, de modo expreso y manifiesto, invoque el censor en su demanda, ni mucho menos reformular los cargos que este haya planteado de modo deficiente, indicó el fallo. Igualmente enfatizó que en la demanda, so pena de inadmisión, el extremo recurrente debe mencionar las partes de la controversia, sintetizar los hechos y pretensiones materia del litigio y formular por separado los cargos con fundamentos claros, precisos y completos, entendiéndose por esto último que las razones expuestas combatan cabal e íntegramente los genuinos soportes de las determinaciones adoptadas por el sentenciador de segunda instancia (M. P. Álvaro Fernando García Restrepo).

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