Aclaran régimen jurídico para poseedores que pretenden acudir a la acción de usucapión en un bien privado (10:57 a.m.)
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20 de Diciembre de 2019
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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia fue clara al concluir que si un poseedor pretende acudir a la acción de usucapión respecto de un predio de dominio privado, sabiendo desde el inicio de su detentación de esta característica del bien no debe invocar la prescripción regulada en el artículo 12 de la Ley 200 de 1936 (modificado por el artículo cuarto de la Ley 4° de 1973), sino la regulada en los preceptos 2518 y siguientes del Código Civil (M. P. Aroldo Wilson Quiroz).
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