14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Ausencia de la firma del juez en acta de posesión del perito no implica nulidad de la prueba

15 de Febrero de 2021

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Nota:
118909
Así lo señaló la Corte Suprema de Justicia al no casar un fallo del Tribunal Superior de Bogotá en el que resolvió un proceso reivindicatorio. En el proceso, el tribunal declaró nulo un contrato de compraventa y ordenó la restitución del inmueble a los vendedores así como la devolución de los dineros que habían aportado los compradores por cuenta del negocio. Los cargos que sustentó la parte vencida al interponer el recurso de casación eran, por un lado, que el proceso estaba viciado de nulidad, toda vez que hubo indebida notificación de la parte demandada y, por el otro, que hubo una violación indirecta por error de derecho de varias normas sustanciales y procesales en materia civil. Concretamente, este último cargo se refería a que, a criterio de los demandados, la prueba pericial que tasó los frutos civiles del inmueble objeto de disputa era “invalida, nula e ineficaz” por cuenta de que el acta de posesión del perito no llevaba la firma del juez. La Corte no les dio la razón, debido a que el acto de posesión de los peritos “(…) no deviene como una exigencia esencial para la validez de la prueba pericial, habida cuenta que no siempre constituye una etapa previa para la presentación de la pericia”. Y agregó que la suscripción del acta de posesión “… no deviene imperativa frente al juez con repercusiones invalidantes, sino de quienes concurren a ella como testigos, peritos u otros auxiliares, amen que con ello avalan el contenido de la declaración o asienten que tienen las calidades que se requieren para el desempeño del cargo”. Por último, la Corte tampoco aceptó el cargo referente a la indebida notificación. (M.P. Francisco Ternera Barrios)

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