Ante dudas de existencia de un contrato de arrendamiento, no se puede impedir la participación del demandado en el proceso de restitución (10:27 a.m.)
04 de Julio de 2012
Reproducir
Nota:
81887
La Corte Constitucional recordó que no procede aplicar la norma que exige a un arrendatario demandado cancelar los cánones en mora que se le endilgan, como requisito para ser oído en el proceso de restitución de inmueble, cuando existen dudas sobre la existencia del contrato de arrendamiento. Según el alto tribunal, aplicar dicha disposición cuando existen dudas vulnera el derecho de acceso a la administración de justicia del procesado. Por tal razón, la Sala Novena de Revisión tuteló los derechos al debido proceso, defensa, acceso a la administración de justicia y contradicción de una mujer a la que se le impidió su participación en un proceso civil por no cancelar los supuestos cánones adeudados. La Corte explicó que como el demandante no cumplió con el deber de demostrar la existencia del contrato no podía concedérsele lo solicitado sin escuchar a la tutelante, sin que esto implicara que se le relevaba de su obligación de pago, pues ello sería objeto de discusión en el transcurso del proceso de restitución de tenencia (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva).
Opina, Comenta