Algunas precisiones sobre contabilización de terrenos y edificios en copropiedades (2:30 p.m.)
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21 de Septiembre de 2017
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Frente a una consulta relacionada con la separación contable de terrenos y edificios en copropiedades, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública indicó que en una copropiedad en la que los porcentajes de participación son muy pequeños es probable que los responsables de la preparación de los informes financieros de propósito general concluyan que el importe del terreno es insignificante o que su separación es impracticable, por lo que este activo no se separaría en los estados financieros y formaría parte del activo principal. En todo caso, señaló, una entidad deberá determinar el importe depreciable del activo y reconocer el valor residual de este al final de la vida útil. El valor residual no será objeto de amortización, de acuerdo con lo establecido en los nuevos marcos de información financiera.
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