Admisión de la demanda que declara la unión marital de hecho no suspende liquidación de herencia (3:33 p.m.)
29 de Octubre de 2013
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Nota:
92430
Los interesados en el trámite de liquidación de herencia ante notario que manifiesten interés legítimo en la sucesión deben acreditar el grado de parentesco con el causante, aportando para el efecto copia auténtica del registro civil de nacimiento, partida de bautismo o la escritura pública, acta de conciliación o sentencia judicial que declare la existencia de la unión marital de hecho, indicó la Superintendencia de Notariado y Registro. La simple admisión de la demanda para declarar la existencia de la unión marital no suspende el trámite, pues se está ante una expectativa de que fallen a favor del demandante, a menos que el juez expida la orden de suspensión, señaló la entidad.
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