Calidades para ser asesor de las unidades de trabajo legislativo pueden ser establecidas mediante acto administrativo (9:40 a.m.)
16 de Marzo de 2010
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Nota:
65090
El artículo 388 de la Ley 186 de 1995 les confiere a la mesa directiva de la Cámara de Representantes y a la comisión administrativa del Senado, como autoridades administrativas, la facultad para fijar de manera conjunta, mediante reglamento, las calidades que deben acreditarse para ser nombrado asesor de las unidades de trabajo legislativo. La Corte
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