Tres meses después de vencerse el término para que arrendadores de vehículos cumplieran nuevos requisitos de inscripción en el RNT, Gobierno les concede nuevo plazo (8:10 a.m.)
22 de Noviembre de 2010
Reproducir
Nota:
69830
En febrero pasado, mediante la Resolución 460 del 2010, el Ministerio de Comercio les concedió seis meses de plazo a los arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional con inscripción vigente en el Registro Nacional de Turismo (RNT) para cumplir con las nuevas condiciones para operar legalmente, consignadas en esa disposición. Tres meses después de vencerse ese plazo, esa cartera lo amplió hasta el 31 de marzo del 2011, por medio de la Resolución 3502 del 2010.
Opina, Comenta