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Reiteran condiciones para el establecimiento de la responsabilidad del Estado por la prestación de servicios de salud (10:59 a.m.)

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29 de Junio de 2012

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En cuanto a la responsabilidad del Estado por la prestación de servicios de salud, debe probarse el daño antijurídico, la falla del servicio y la relación de causalidad entre ellos, recordó la Sección Tercera del Consejo de Estado. Para probar esta última condición se pueden usar todos los medios probatorios existentes, incluyendo los indicios, señaló. En el caso concreto, negó la acción de reparación directa interpuesta por una persona diabética a la cual los médicos de un hospital de Popayán la ataron y posteriormente le amputaron el brazo, luego de que solicitara atención médica. El alto tribunal constató que la amputación no era imputable al hospital sino a su enfermedad (C.P. Stella Conto Díaz).

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