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Prima de servicios a que tienen derecho los servidores de la JEP puede ser proporcional

Recibirán una doceava parte por cada mes completo de trabajo, siempre que hayan laborado por lo menos seis meses.
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29 de Agosto de 2018

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Los servidores de la jurisdicción especial para la paz (JEP) tienen derecho al pago de una prima de servicio anual, equivalente a 15 días de remuneración, que se pagará en los primeros 15 días de julio de cada año.

 

Lo anterior de acuerdo con lo previsto en el Decreto 19 del 2014, por el cual se fija el régimen salarial y prestacional de los servidores de la Fiscalía General de la Nación, norma que resulta aplicable a los funcionarios y empleados de la Unidad de Investigación y Acusación y la Secretaría Ejecutiva de la JEP.

 

No obstante, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, en caso de no trabajar el año completo tendrán derecho al pago proporcional de dicha prima, a razón de una doceava parte de su valor por cada mes completo de trabajo, siempre que el servidor haya laborado por lo menos seis meses en el respectivo año.

 

Así lo prevé el artículo 7 del Decreto 330 del 2018, sobre escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible y empresas sociales del Estado del orden nacional.

 

DAFP, Concepto 206801, Ago. 27/18.

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