Para ser declarada zona franca, IPS no debe crear una nueva persona jurídica ni demostrar que no ha desarrollado su objeto social (5:08 p.m.)
19 de Junio de 2012
Reproducir
Nota:
81579
No es viable exigir a las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) la creación de una nueva persona jurídica, según lo previsto en el numeral 1º del artículo 393-3 del Decreto 2685 de 1999, ni demostrar que no ha desarrollado su objeto social principal con anterioridad a la radicación de la solicitud, para efectos de la declaratoria de zona franca, pues el Decreto 1011 del 2006, norma que regula a dichas entidades, requiere el cumplimiento de ciertas condiciones y requisitos para su funcionamiento y acreditación, entre ellos el funcionamiento previo. Así lo señaló la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en oficio de mayo.
Opina, Comenta