No se ha cumplido con el fallo internacional sobre la masacre de Santo Domingo: Consejo de Estado (12:34 p.m.)
10 de Octubre de 2018
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Nota:
109221
El Consejo de Estado resolvió una tutela presentada por dos mujeres víctimas indirectas de la masacre de Santo Domingo, a quienes el Estado colombiano no les ha garantizado un mecanismo que permita establecer si tienen derecho a ser beneficiarias de indemnizaciones y compensaciones por concepto de daños materiales e inmateriales. La sentencia concluye que la orden de la sentencia dictada por la Corte IDH el 30 de noviembre de 2012 no se ha cumplido a cabalidad, para lo cual precisó que el mecanismo consagrado en la Ley 288 de 1996 es idóneo para tal fin. Los hechos que motivaron esta providencia internacional tuvieron lugar el 13 de diciembre de 1998, cuando la tripulación de un helicóptero de la Fuerza Aérea Colombiana lanzó un artefacto explosivo compuesto por seis bombas de fragmentación sobre la vereda de Santo Domingo, jurisdicción del municipio de Tame (Arauca), que causó la muerte de 17 civiles, entre ellos 6 niños, y 27 personas heridas (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
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