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Improcedente tutela contra el laudo que declaró la nulidad absoluta de la concesión Ruta del Sol (12:49 p.m.)

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05 de Marzo de 2020

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Las sociedades accionistas de la Concesionaria Ruta del Sol y las entidades financiadoras del proyecto presentaron acción de tutela con el fin de que se dejara sin efectos el laudo arbitral que declaró la nulidad absoluta del contrato de concesión. Uno de los argumentos de los accionantes era la falta de competencia del tribunal de arbitramento, pero este fue descartado por el Consejo de Estado teniendo en cuenta que no presentaron recurso de reposición en contra del auto que fijó la competencia de los árbitros. Por otro lado, el alto tribunal no encontró acreditado el requisito de subsidariedad de la acción de tutela, pues existen otros mecanismos de defensa judicial, tales como el recurso extraordinario de anulación, el cual fue interpuesto y actualmente se encuentra pendiente de trámite judicial y el recurso extraordinario de revisión. Igualmente, no se acreditó la existencia de un perjuicio irremediable. Sin embargo, prosperó el cargo de vulneración del derecho al buen nombre (good will) porque, según una de las sociedades accionantes, el tribunal vulneró su derecho al afirmar que actuó con negligencia durante la ejecución del proyecto y que los socios, al repartirse los excedentes, actuaron con fraude a la ley. La Sección Quinta desestimó estos argumentos, teniendo en cuenta que en el proceso obran pruebas que indican que el accionante desconoció las previsiones del contrato respecto del manejo de recursos económicos y el incumplimiento de obligaciones (C. P. Rocío Araújo).

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