Fijan condiciones para el juego de lotería tradicional o de billetes que ofrecen incentivos en especie con cobro (11:37 a.m)
03 de Agosto de 2017
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Nota:
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Mediante el Acuerdo 349, Coljuegos señaló que las empresas operadoras del juego de lotería tradicional o de billetes que pretendan ofrecer incentivos en especie con cobro deben cumplir las siguientes condiciones: (i) constituir una reserva técnica; (ii) el plan de incentivos debe estar soportado por cotizaciones, acuerdos de compra, órdenes de compra, entre otros; (iii) una vez jugado el primer sorteo de los incentivos con cobro, el operador del juego debe constituir y/o acrecentar un fondo de reserva; (iv) la venta del plan de incentivos en especie está ligada a la venta del billete o fracción de la lotería y se podrá comercializar a través del canal físico, electrónico y virtual de lotería tradicional. Así mismo, indicó los lineamientos mínimos que deben cumplir quienes pretendan ofrecer dicho plan. Finalmente, advierte que se debe incluir al respaldo del documento que contiene el incentivo un espacio en donde se especifique el plan de incentivos que se está ofreciendo, de igual manera debe garantizar la publicidad del mismo por alguno de los siguientes canales de comunicación: radio, página web del operador, redes sociales, canal de televisión regional o nacional o en los puntos de venta.
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