Explican la naturaleza jurídica de los actos de las empresas industriales y comerciales del Estado (10:45 a.m.)
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24 de Octubre de 2018
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Una providencia de la Sección Segunda del Consejo de Estado concluyó que el sometimiento de las empresas industriales y comerciales del Estado (EICE) al régimen de derecho privado se justifica, según lo ha determinado la jurisprudencia, en la necesidad de que en su actividad industrial y comercial, tradicionalmente ajena al Estado y propia de los particulares, ellas actúen en términos equivalentes a estos cuando realicen actividades similares, sin tener prerrogativas exorbitantes que atenten contra el Derecho a la igualdad ni estar sujetas a procedimientos administrativos que entraben sus actuaciones y las pongan en situación de desventaja frente a sus competidores. Como consecuencia, la regla general es que en sus actos y contratos rijan las normas de derecho privado, salvo en cuanto a sus relaciones con la Administración y en aquellos casos en los que, por expresa disposición legal, ejerzan alguna función administrativa, puesto que en estas situaciones deberá dar aplicación a las reglas de derecho público pertinentes (C. P. William Hernández Gómez).
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