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Estos son los trámites y requisitos para expedir certificados de cumplimiento de un cuerpo de bomberos (3:12 p.m.)

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20 de Abril de 2016

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El certificado de cumplimiento será expedido por la Dirección Nacional de Bomberos, tendrá características de seguridad en su impresión y no generará costo alguno para los cuerpos de bomberos. Así mismo, habrá cinco requisitos para la expedición y renovación del documento, incluido el certificado de personería jurídica vigente expedido por autoridad competente para los cuerpos voluntarios. Para el caso de los oficiales y aeronáuticos, deberán soportar su solicitud con el acto administrativo de creación y registro de estadísticas de servicios de emergencias. Este documento tendrá una vigencia no mayor a dos años. Los que se creen con posterioridad tendrán un plazo máximo de seis meses, a partir de la resolución de reconocimiento de personería jurídica, para solicitar la expedición del certificado e igual lapso de tiempo tendrán los grupos en operación para dicho trámite. Por otra parte, también regula lo referente a los carné de bomberos y la placa de identificación bomberil.

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