Entidades contratantes e interesados en participar en procesos de selección deben sujetarse a lo previsto en los pliegos de condiciones (1:17 p.m.)
22 de Julio de 2010
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Nota:
67511
De acuerdo con lo previsto en las normas vigentes sobre contratación estatal (Ley 80 de 1993, Ley 1150 del 2007 y sus decretos reglamentarios), los pliegos de condiciones son ley para las partes. Por lo tanto, las entidades contratantes deben estipular en ellos las condiciones de los posibles oferentes o participantes en los procesos de selección, sin que les sea dado dejarlas de lado en el momento de decidir. Por su parte, los interesados en participar deben ceñirse a lo previsto. Así lo recordó la Superintendencia de Industria y Comercio, en concepto de junio.
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