¿En qué circunstancias se entiende abandonado un vehículo? (8:10 a.m.)
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08 de Julio de 2019
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De acuerdo con lo previsto en los artículos 127 y 128 de la Ley 769 del 2002 (Código Nacional de Tránsito), sobre retiro de vehículos mal estacionados y disposición de vehículos inmovilizados, el abandono de los automotores se puede presentar en dos circunstancias, precisó el Ministerio de Transporte. Cuando el vehículo es abandonado en áreas destinadas a espacio público, es decir, cuando se ausenta el propietario o responsable del vehículo y lo deja estacionado en espacio público, circunstancia que da lugar a la inmovilización del mismo, y cuando el vehículo es inmovilizado y pasado un año sin que el propietario o poseedor lo haya retirado de los patios, no haya subsanado la causa que dio origen a la inmovilización y, además, no esté a paz y salvo con la obligación generada por servicios de parqueadero y/o grúa.
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