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Declaran responsable a la Armada Nacional por muerte de soldado

La muerte del joven se produjo cuando estaba vinculado a esa entidad en calidad de conscripto, el fallecido no tenía el deber de soportar una carga superior a la que implicaba prestar el servicio militar.
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30 de Noviembre de 2022

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La Sección Tercera del Consejo de Estado evidenció varias actuaciones irregulares por parte de la tropa a la que pertenecía el fallecido. No obstante, dada la calidad de conscripto, declaró la responsabilidad del Estado bajo un régimen objetivo, porque por regla general el Estado debe responder por los daños sufridos por las personas que prestan el servicio militar obligatorio, puesto que al imponer el deber a sus ciudadanos asume una posición de garante frente a ellos y tiene el deber de custodia y cuidado, así como la obligación de garantizar la integridad sicofísica del conscripto.

De tal manera que el daño antijurídico es atribuible a título de daño especial a la Armada Nacional, pues la muerte del joven se produjo cuando estaba vinculado a esa entidad en calidad de conscripto, de manera que el fallecido no tenía el deber de soportar una carga superior o distinta a la que implicaban la prestación del servicio militar. (C. P.: Alberto Montaña Plata).

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