Estrenan figura de la cesación de la actuación impugnada al asegurar que el Presidente acató la ley de cuotas en la conformación de su gabinete ministerial (3:53 p.m.)
25 de Julio de 2012
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Nota:
81991
La Sección Quinta del Consejo de Estado estrenó la figura procesal de la cesación de la actuación impugnada, propia de las acciones de tutela y de cumplimiento, en el proceso electoral seguido contra el nombramiento de Miguel Esteban Peñaloza como ministro de Transporte. Según la corporación, la aplicación de esta figura es viable porque permite la prevalencia del derecho sustancial y la realización de los principios de economía procesal y eficiencia. Además, se trata de una acción electoral, que también es constitucional, como aquellas a las que se les pertenece la cesación de la actuación. En la providencia se admite que el Presidente de la República desconoció el derecho a la igualdad y la ley de cuotas (Ley 581 del 2000), pues debían ser cinco las ministras en el gabinete ministerial y no cuatro. Sin embargo, como la composición general del gabinete se modificó el pasado 12 de julio, cuando fue designada Ruth Stella Correa como ministra de Justicia, se superó la violación. En ese sentido, explicó que desapareció la razón que pudo conducir a la nulidad del nombramiento impugnado. Por otra parte, exhortó al Presidente de la República para que en lo sucesivo respete la cuota mínima de mujeres en los cargos que provee. Con el mismo fundamento, declaró que operó la cesación de la acción electoral en las demandas, por los mismos cargos, contra la elección de los ministros del Interior Federico Rengifo y del de Vivienda Germán Vargas (C.P. Alberto Yepes Barreiro).
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