11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Cancelación de una marca notoria por no uso es factible, si la reivindicación de su registro abarca productos o servicios diferentes (5:05 p.m.)

01 de Diciembre de 2010

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Nota:
70382
Aunque la Decisión 486 del 2000 de la CAN (Régimen de Propiedad Industrial) protege las marcas notoriamente conocidas, esto no significa que sean inmunes a la acción de cancelación por no uso. Así lo consideró la Superintendencia de Industria y Comercio, al cancelar por no uso la marca Bavaria, de la sociedad Bavaria S.A., que identifica la actividad empresarial de producción de cerveza y otras bebidas en la Clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza, y autorizar a un tercero el registro de ese signo para la Clase 3° (productos de aseo y otros). “La improcedencia de la cancelación por no uso de una marca notoria ocurre, si el registro que se ataca por no uso comprende los productos o servicios para los cuales la marca es notoria, pues es respecto de estos que el signo cumple sus funciones como marca y no respecto de otros”, señala la Resolución 50969 del 2010, que resolvió el recurso de apelación contra la Resolución 25025 del 2009. En todo caso, la entidad aclaró que la no cancelación del registro es factible, cuando la falta de uso es por motivo justificado, fuerza mayor o caso fortuito o si se configura la causal de irregistrabilidad contemplada en el literal h) del artículo 136 de la Decisión 486.

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