12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Autoridades administrativas no pueden expedir disposiciones normativas que restrinjan derechos de libertad de expresión e iniciativa económica privada (11:57 a. m.)

21 de Mayo de 2015

Reproducir
Nota:
101350
El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del parágrafo del artículo 13 de la Resolución 759 del 2013 dictada por la Autoridad Nacional de Televisión (Antv), el cual prevé como requisito para radiodifundir señales desde estaciones de televisión la autorización previa, mediante comunicación escrita, que la Antv le remita al concesionario. La providencia destaca que la autoridad administrativa se arrogó competencias que ni la Constitución ni la ley le delegaron, violando con ello el principio de reserva de ley, que de acuerdo con el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y los artículos 20 y 333 de la Constitución Política se exige para la restricción de las libertades de expresión y de iniciativa privada. En efecto, la norma administrativa establece una restricción a los derechos de libertad de expresión e iniciativa económica privada, por cuanto impide el inicio de operaciones de la frecuencia electromagnética asignada hasta tanto la ANTV informe la autorización para ello. Recalcó que todo tipo de requisitos fijados en la ley para el acceso al uso del espectro electromagnético, bien sea económicos o técnicos, debe ajustarse necesariamente a la razonabilidad que se deriva de la libertad de expresión, pues si bien es este un bien público de la Nación, constituye el vehículo para el ejercicio de la libertad de información de medios de comunicación como la radio y la televisión. En ese sentido, la competencia del Estado para regular su acceso debe tratarse de criterios de intervención objetivos, claros y, sobre todo, establecidos en la ley, razón por la cual una norma de una autoridad administrativa no puede arbitrariamente, sea en vía de reglamentación o en vía de regulación, restringir derechos protegidos constitucional y convencionalmente como la libertad de expresión y la libre iniciativa económica, indicó (C.P. Jaime Orlando Santofimio).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)