15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 16 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Aunque el acto administrativo que remueve a un depositario provisional de los bienes incautados es provisional, esa decisión no puede ser arbitraria (4:55 p.m.)

29 de Diciembre de 2010

Reproducir
Nota:
71075
La Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE) puede relevar a depositarios provisionales cuando lo estime necesario, con fundamento en manejos irregulares o inadecuados, dado que su función es supervisar la utilización de los bienes que han sido decomisados por conductas que tengan relación con delitos de narcotráfico y conexos. Así lo explicó el Consejo de Estado, al indicar que el acto administrativo que remueve al depositario de los bienes incautados es discrecional y no tiene recursos en la vía gubernativa. Sin embargo, ello no obsta para que la decisión que tome la DNE pueda ser arbitraria. Por lo tanto, si se demuestra que el motivo que invocó la administración para remover al depositario era falso, debe anularse el acto (C.P. María Elizabeth García González).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)