Así es el ámbito de protección del derecho al acceso a la función pública (11:33 a.m.)
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20 de Enero de 2020
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El Consejo de Estado, estudiando la jurisprudencia constitucional, recordó que dentro del ámbito de protección del derecho al acceso a la función pública se encuentran: (i) la posesión de las personas que han cumplido con los requisitos para acceder a un cargo; (ii) la prohibición de establecer requisitos adicionales para entrar a tomar posesión de un cargo, cuando el ciudadano ha cumplido a cabalidad con las exigencias establecidas en el concurso de méritos. Así mismo, agregó que está (iii) la facultad de elegir de entre las opciones disponibles aquella que más se acomoda a las preferencias de quien ha participado y ha sido seleccionado en dos o más concursos, así como (iv) la prohibición de remover de manera ilegítima (ilegitimidad derivada de la violación del debido proceso) a una persona que ocupe un cargo público (C. P. Gabriel Valbuena).
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