Alcaldía de Bogotá emite instructivo para ejercer inspección, vigilancia y control a establecimientos de comercio (10:45 a.m.)
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22 de Enero de 2014
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Por medio de la Directiva 1 del pasado 20 de enero, la Alcaldía de Bogotá emitió un instructivo para ejercer inspección, vigilancia y control a establecimientos de comercio, incluidos aquellos cuya actividad trascienda el ámbito de lo público, en los términos del artículo 116 del Código de Policía de Bogotá (Acuerdo 79 del 2003), es decir, establecimientos comerciales o abiertos al público donde se expendan y/o consuman bebidas embriagantes. De acuerdo con la norma, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor elaborará un protocolo unificado para que las entidades atiendan oportunamente y en debida forma los requerimientos ciudadanos, tanto en la etapa policiva como administrativa, así como el acompañamiento multidisciplinario. Así mismo, se distribuirá a los comandantes de Policía de todas las localidades una guía para el control efectivo de los establecimientos de alto impacto. Los alcaldes locales podrán expedir ordenes escritas relacionadas con el registro o allanamiento de domicilios, si los propietarios, tenedores o administradores de los establecimientos industriales, comerciales o de otra naturaleza, abiertos o no al público, se niegan a colaborar con las acciones operativas.
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