Según teoría de la relatividad de la falla, no pueden imputarse al Estado todos los daños causados por terceros (3:41 p.m.)
03 de Septiembre de 2012
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Nota:
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A pesar de que el Estado debe brindarle protección a todas las personas, no podrían resultarle imputables todos los daños que lleguen a sufrir a causa de terceros, debido a que las obligaciones del Estado son relativas y, por lo tanto, la administración no se encuentra obligada a realizar lo imposible para cumplir con tal cometido. Así lo sentenció el Consejo de Estado al negar la apelación del fallo de una acción de reparación directa, donde recordó la teoría de la relatividad de la falla. Agregó más adelante el tribunal de lo contencioso que “la relatividad de las obligaciones del Estado no excusa su incumplimiento, sino que debe indagarse en cada caso si en efecto fue imposible cumplirlas” (C.P. Mauricio Fajardo Gómez).
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