Sancionado régimen de insolvencia para personas naturales (5:33 p.m.)
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26 de Enero de 2010
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A partir de la fecha, las personas naturales no comerciantes domiciliadas en Colombia que incumplan el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de 90 días o cursen en su contra una o más demandas de ejecución o de jurisdicción coactiva que exijan el pago de alguna de sus obligaciones podrán acogerse a la Ley 1380 (régimen de insolvencia para personas naturales), que acaba de sancionar el Gobierno. La norma establece un procedimiento que les permitirá a esos deudores, mediante un trámite de negociación de deudas en audiencia de conciliación extrajudicial, celebrar un acuerdo de pago con sus acreedores y cumplir con sus obligaciones pecuniarias pendientes, sin importar su naturaleza, excepto las originadas en obligaciones alimentarias. Las disposiciones de este régimen prevalecerán sobre cualquier otra norma de carácter ordinario, incluso de carácter tributario, agrega la ley.
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