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Administrativo


Puede generar responsabilidad del Estado no utilizar todos los recursos para esclarecer diagnóstico de una enfermedad

20 de Junio de 2016

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No utilizar todos los recursos necesarios para esclarecer el diagnóstico de la patología que padece un paciente puede generar un caso de responsabilidad extracontractual del Estado, el cual debe indemnizar los perjuicios cometidos.

 

Así lo determinó la Sección Tercera del Consejo de Estado luego de condenar a una institución médica al pago de $ 600 millones por la falla en la prestación del servicio que ocasionó la muerte de una paciente a quién no se le diagnosticó a tiempo un cuadro de apendicitis severo.

 

Se debe decir que a pesar de que los síntomas de apendicitis podían ser evidentes, los médicos del centro médico en ningún tiempo  confirmaron o descartaron dicha enfermedad. (Lea: ¿En cuáles eventos la responsabilidad del Estado resulta comprometida?)

 

En palabras del alto tribunal, “estas conductas no se acompasan con el principio de confianza, según el cual los pacientes encomiendan su estado general de salud al profesional médico para que este adopte, según el rol asignado en la sociedad, todas las medidas necesarias para despejar la incertidumbre que supone la conjugación de múltiples síntomas y signos que refiere el paciente”.

 

Casuística

 

Al respecto, una ciudadana que se encontraba en estado de gravidez ingresó a la Clínica  Casanare el 3 septiembre del 2003 por un dolor abdominal y luego de varios exámenes se le diagnosticó una infección urinaria. Así, seis días después y en vista de que su estado no mejoraba, su familia decidió firmar su salida voluntaria del centro de salud.

 

Pasados varios días, la paciente ingresó nuevamente a urgencias del Hospital de Yopal donde, al momento de practicársele una cesárea, los galenos se dieron cuenta que tenía perforación del apéndice, de ahí que le realizaran una apendicectomía.

 

Debido a que su condición de salud no mejoraba, el 19 de septiembre del mismo año se ordenó su remisión a un hospital de tercer nivel en Bogotá. Sin embargo, falleció como consecuencia de un paro cardiorrespiratorio mientras era trasladada en una ambulancia hacia el Hospital San Rafael. (Lea: Soldados con mala preparación que sufran perjuicios deben ser reparados)

 

Razón por la cual  el alto tribunal enfatizó que si bien la apendicitis que padecía la víctima era una enfermedad de difícil diagnóstico por el embarazo de la paciente, lo cierto es que la existencia de dicha patología no puede considerarse como una fatalidad insuperable que imposibilitara absolutamente su diagnóstico, como lo pretendía  en su momento la defensa de la entidad demandada.

 

La ponencia de esta decisión estuvo a cargo del consejero Carlos Alberto Zambrano Barrera.

 

Consejo de Estado Noticias, Noticias, Jun.20/16

 

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