Administrativo
Procurador instala comisión interinstitucional de reforma al poder disciplinario
02 de Mayo de 2014
El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, instaló una comisión integrada por instituciones públicas y organizaciones privadas, que tendrá la misión de elaborar un proyecto de reforma al Código Disciplinario Único (Ley 734 del 2002).
A través de la Resolución 118 del pasado 18 de abril, el jefe del Ministerio Público convocó al Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria, el Consejo de Estado, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio de Justicia, la Personería de Bogotá, el Colegio de Abogados en Derecho Disciplinario y el Instituto Colombiano de Derecho Disciplinario, para hacer parte de esta comisión.
“Después de varios años de vigencia, después de la aplicación que hemos hecho de él (del Código Disciplinario Único) por cerca de 20 años, y del ejercicio del control judicial que se le hacen a las decisiones disciplinarias, pues tenemos un balance exacto de lo que puede ser modificado, en aras a fortalecer ese instrumento, que es tan eficaz en el Estado de derecho para lograr el cumplimiento de los deberes funcionales por parte de los servidores públicos (…). Esas reflexiones deben hacerse en un escenario desapasionado y al margen de cualquier presión, de cualquier naturaleza”, señaló Ordóñez.
El funcionario anunció que el proyecto de ley se presentará el próximo 20 de julio, por lo que se ha diseñado un cronograma de sesiones semanales entre los miembros de la comisión que redactará el articulado.
Los temas inicialmente planteados para abordar el estudio y diseño de la reforma son: el catálogo de faltas y sanciones (principio de proporcionalidad y favorabilidad), el proceso disciplinario para servidores con fuero especial, el procedimiento disciplinario para los demás servidores públicos (instrucción y juzgamiento), el control de legalidad de los actos disciplinarios y el régimen probatorio.
Paralelamente, se adelantarán jornadas de reflexión académica, en las que se debatirán propuestas para enriquecer el proyecto.
De otro lado, al hacer un análisis sobre la interpretación que se le da al artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, el Procurador señaló que las autoridades administrativas o judiciales no penales sí pueden restringir derechos políticos.
“El diseño constitucional y jurídico de Colombia, así como las varias decisiones judiciales, reconocen que la facultad sancionatoria en cabeza de la Procuraduría General de la Nación no se encuentra en contra del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos”, indicó.
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