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Por primera vez, Consejo de Estado dicta sentencia en audiencia inicial

18 de Diciembre de 2013

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En el marco del proceso de nulidad electoral iniciado contra el actual gobernador de Casanare, Marco Ruiz, la Sección Quinta del Consejo de Estado dictó sentencia en la audiencia inicial, aplicando, por primera vez, la posibilidad que, en ese sentido, consagra el último inciso del artículo 179 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).


El demandante buscaba la declaratoria de nulidad de la elección, porque, a su juicio, Ruiz no había sido debidamente inscrito como candidato para las elecciones atípicas que tuvieron lugar este año, tras la destitución del anterior gobernador. 


De manera unánime, la Sección negó las pretensiones del libelo. Además, en la audiencia, no solo indicó el sentido del fallo, sino que explicó las razones por las que se imponía desestimar cada uno los cargos.


El asunto, que llegó al Consejo el pasado 13 de agosto, fue admitido mediante auto del 4 de septiembre y fallado en audiencia del pasado 9 de diciembre.

 

Vale la pena recordar que, según el artículo 179 del CPACA, cuando no sea necesario practicar pruebas, el juez prescindirá de la segunda etapa procesal y procederá a dictar sentencia dentro de la audiencia inicial, dándole a la partes la posibilidad de presentar alegatos de conclusión.

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