Norma que permitía la adjudicación de contratos a mipymes en caso de empate no es discriminatoria (11:43 a.m.)
14 de Junio de 2012
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Nota:
81664
La Sección Tercera del Consejo de Estado negó la nulidad del numeral 3° del artículo 2° del Decreto 2473 del 2010, que permitía la adjudicación de contratos estatales a mipymes nacionales en caso de empate. Aunque esa norma fue derogada por el Decreto 734 del 2012, el alto tribunal se pronunció respecto a su legalidad y aseguró que no era discriminatoria de forma directa ni indirecta. En su opinión, la disposición no excluía del proceso selectivo a los proponentes que no tengan la condición de mypimes y, además, el trato de diferencial se sustenta en que esas empresas no tienen la misma posición que la que poseen los grandes capitales financieros y humanos. Por otro lado, se afirmó que la norma no violaba el derecho de asociación, la libertad de empresa ni los principios que rigen las actuaciones administrativas (C.P. Enrique Gil).
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