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Ley de Garantías comenzó a operar para el presidente Santos: Procuraduría

26 de Noviembre de 2013

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Solo a partir del 25 de enero del 2014, el presidente de la República, Juan Manuel Santos, podrá presentar su proyecto político o solicitar el apoyo del elector, advirtió la presidenta de la Comisión de Asuntos Electorales de la Procuraduría General de la Nación, María Eugenia Carreño.

La funcionaria hizo un llamado para que el mandatario se ajuste al ordenamiento jurídico y aplique las restricciones previstas en la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 del 2005), señaladas también en la Sentencia C-1153 del mismo año.

“Solo por el hecho de haber manifestado su aspiración a la Presidencia de la República le comienzan a regir (al presidente Santos) las prohibiciones de la Ley de Garantías Electorales, entre otras, la prohibición de inaugurar obras públicas, prohibición que se extiende para los ministros y viceministros”, señaló. 

Carreño recordó que, tal como lo señala el artículo 27 de la Ley 996, que regula las transmisiones por el canal de televisión institucional, desde el pasado lunes los denominados “Acuerdos para la Prosperidad” no pueden será emitidos por la televisión pública. Además, estos eventos deberán realizarse para escuchar a la comunidad, y no con fines proselitistas. 

Hace dos semanas, el Ministerio Público informó que Hasta el 25 de mayo del 2014 se mantendrá suspendida la celebración de convenios interadministrativos, tras el inicio del periodo de aplicación de la Ley de Garantías, que comenzó a regir el pasado 9 de noviembre.

Durante dicho lapso, alcaldes y gobernadores no podrán celebrar acuerdos de esta naturaleza con el Gobierno, en asuntos como adquisición de vivienda en proyectos promovidos, gestionados o construidos por entidades territoriales.

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