Gobierno reforma el procedimiento de giro de los recursos del régimen subsidiado (4:40 p.m.)
15 de Febrero de 2011
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Nota:
71835
El Gobierno acaba de modificar el Decreto 1965 del 2010, reglamentario del giro de los recursos que financian y cofinancian el régimen subsidiado, tras detectar dificultades en el flujo de los mismos. La nueva disposición deroga los artículos 4, 5, 6 y 7 del Decreto 1965, relacionados con la declaración de giro de aceptación de saldos (DGAS), y advierte que cuando se detecte un pago derivado de una inconsistencia en la información que sirvió de base para liquidar la unidad de pago por capitación subsidiada (UPC-S), la EPS-S deberá restituir al fondo territorial de salud, de manera inmediata, lo correspondiente a los recursos girados sin justa causa.
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