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Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Estos son los criterios para la indemnización de perjuicios morales en eventos de lesiones personales

08 de Marzo de 2019

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Dentro de una acción de reparación directa, la Sección Tercera del Consejo de Estado explicó lo relacionado con los perjuicios morales y aclaró que solo se deben estudiar los perjuicios cuestionados en el recurso de apelación.

 

Previamente, la providencia afirmó que el término para formular pretensiones en sede de reparación directa, acorde con el numeral 8 del artículo 136 del Código Contencioso Administrativo, es de dos años, que inician a partir del día siguiente del acaecimiento del hecho, omisión u operación administrativa o de ocurrida la ocupación temporal o permanente del inmueble de propiedad ajena por causa de trabajo público o por cualquier otra causa.

 

Al respecto la corporación unificó en el 2014 sus criterios de indemnización de perjuicios morales en los eventos de lesiones personales. En esta providencia se trazaron unos parámetros de guía para la tasación del daño moral de acuerdo a factores como el porcentaje de incapacidad laboral que dejó la lesión y el grado de parentesco de los demandantes en relación con la víctima directa. (Lea: Rasgos de la responsabilidad estatal por expedición de normas impersonales y abstractas)

 

Estos apartes están consignados en el siguiente cuadro:

 

Reparación del daño moral en caso de lesiones

 

Nivel 1

Nivel 2

Nivel 3

Nivel 4

Nivel 5

Gravedad en la lesión

Víctima directa y relaciones afectivas conyugales y paternofiliales.

Relación afectiva del 2º grado de consanguinidad o civil.

Relación afectiva del 3º grado de consanguinidad o civil.

Relación afectiva del 4º grado de consanguinidad o civil.

Relaciones  afectivas no familiares de terceros damnificados.

Igual o superior al 50 %

 100 SMLMV

50 SMLMV

35 SMLMV

25 SMLMV

15 SMLMV

Igual o superior al 40 % e inferior al 50 %

 

 

80 SMLMV

 

 

40 SMLMV

 

 

28 SMLMV

 

 

20 SMLMV

 

 

12 SMLMV

Igual o superior al 30 % e inferior al 40 %

 

 

60 SMLMV

 

 

30 SMLMV

 

 

 

21 SMLMV

 

 

15 SMLMV

 

 

9 SMLMV

Igual o superior al 20 % e inferior al 30 %

 

 

40 SMLMV

 

 

20 SMLMV

 

 

14 SMLMV

 

 

10 SMLMV

 

 

6 SMLMV

Igual o superior al 10 % e inferior al 20 %

 

 

20 SMLMV

 

 

10 SMLMV

 

 

7 SMLMV

 

 

5 SMLMV

 

 

3 SMLMV

Igual o superior al 1 % e inferior al 10 %

 

 

10 SMLMV

 

 

5 SMLMV

 

 

3.5 SMLMV

 

 

2.5 SMLMV

 

 

1.5 SMLMV

 

 

Finalmente, precisó que en los eventos en los cuales se demuestra que la parte demandante está conformada por los padres, hermanos, hijos, abuelos o cónyuge del lesionado el perjuicio moral se infiere del vínculo parental o marital (C. P. Guillermo Sánchez Luque).

Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 27001233100020090017701 (41517), Sep. 17/18.

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