Administrativo
Empresa de servicios públicos que certifica viabilidad no puede negarse a prestación por razones técnicas
20 de Diciembre de 2013
Si, habiendo certificado la disponibilidad del servicio, el prestador de servicios públicos encuentra que, por razones de capacidad de acceso y producción, no puede atenderlo, esto no lo sustrae de matricular al usuario o a los usuarios del proyecto certificado, advirtió la Superintendencia de Servicios Públicos.
Según la entidad, una vez el prestador certifica la viabilidad en un proyecto, no puede negarse a la suscripción del contrato de condiciones uniformes aduciendo razones técnicas que debió evaluar antes de expedir dicha certificación.
En estos casos, el prestador debe asumir las consecuencias de la imposibilidad, y se configura una falla en la prestación del servicio, ante la cual se evalúa si se debió a razones de fuerza mayor o caso fortuito o a negligencia o imprevisión, y habrá lugar a las sanciones administrativas correspondientes.
La viabilidad técnica de conectar un predio a las redes matrices del servicio no solo implica la posibilidad física de unir infraestructura de transporte o conducción, sino de contar verdaderamente con la capacidad de atender la posible demanda.
Así las cosas, cuando un prestador expide una certificación de disponibilidad de servicios públicos para viabilizar un proyecto, asume el compromiso de atender a todos los usuarios que lo conformen.
(Superintendencia de Servicios, Concepto 674, oct. 28/13)
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