Consejo de Estado explica cómo funciona la modalidad de importación de viajeros (9:17 a.m.)
22 de Julio de 2011
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Nota:
74754
La modalidad de importación de viajeros es aquella aplicable a las mercancías que no constituyen expedición comercial y son introducidas por los viajeros. En esa medida, todo viajero que ingrese al territorio aduanero está obligado a presentar su equipaje a la autoridad aduanera y a diligenciar el formulario que prescribe la DIAN. Así lo señaló el Consejo de Estado al precisar que cuando el viajero no informa que ingresa mercancías distintas a sus efectos personales y en el proceso de revisión la autoridad aduanera encuentra mercancías sujetas al pago de tributos o mercancías en mayor valor o cantidad admisibles dentro del equipaje o mercancías diferentes a las autorizadas para la modalidad de viajeros, incurre en una de las conductas que dan lugar a la aprehensión y decomiso de la mercancía. En todo caso, el viajero puede legalizar la introducción de la mercancía aprehendida, aclaró (C.P. María Claudia Rojas Lasso).
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