Administrativo
Buen desempeño del empleado de libre nombramiento y remoción no impide su retiro
10 de Noviembre de 2011
Los empleados de libre nombramiento y remoción que tienen un desempeño sobresaliente pueden ser retirados con fundamento en la facultad discrecional que tiene el nominador.
Así lo indicó el Consejo de Estado, al aclarar que las excelentes calidades y condiciones para la eficiente prestación del servicio son deberes que asume cualquier servidor público que ocupa un cargo de confianza.
Por ello, advirtió que el hecho de que el funcionario cumpla con sus deberes no le genera fuero de estabilidad en el empleo ni limita el poder de libre remoción para el retiro bajo parámetros legales.
El alto tribunal recordó que los empleados no inscritos en carrera administrativa, que no gozan de periodo fijo o de fuero de estabilidad, pueden ser declarados insubsistentes en cualquier momento y sin motivación alguna.
Además, si el cargo desempeñado es concebido como de absoluta confianza, existe mayor discrecionalidad para tomar la decisión, pues, en ese caso, quien ejerce dicha función se somete a políticas, programas y proyectos implementados por la cabeza del organismo.
Con estos argumentos, la corporación negó la nulidad de la desvinculación de una procuradora que tuvo algunas diferencias con otro funcionario en la indagatoria que se realizó por la muerte del periodista Orlando Sierra.
(C. E., Secc. Segunda, Sent. 17001233100020070071201 (075209), jun. 29/11, C. P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren)
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