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Administrativo


Actos de trámite de autoridad administrativa electoral son inimpugnables

El juez electoral solo está facultado para adelantar el control de legalidad de los actos que le ponen fin a la intervención del administrador.
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24 de Septiembre de 2013

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El Consejo de Estado recordó que los actos de trámite expedidos por las autoridades administrativas en las actuaciones previas a la declaratoria de una elección son inimpugnables.

 

Según la Sección Quinta, el juez electoral solo está facultado para adelantar el control de legalidad de los actos que le ponen fin a la intervención del administrador, frente al acto electoral.

 

A su juicio, esto no supone una falta de control judicial, pues el operador puede examinar los actos de trámite relacionados con el acto definitivo, aunque la demanda solo se refiera a este último.

 

En el caso analizado, el Consejo de Estado declaró probada la excepción de falta de jurisdicción para examinar varias resoluciones emitidas por el Consejo Nacional Electoral antes de la declaratoria de elección de la circunscripción indígena de la Cámara de Representantes.

 

Además, la corporación concluyó que no se acreditó la falta de competencia del administrador ni la supuesta falsedad que ameritaran declarar nula la elección.

 

(Consejo de Estado, Sección Quinta, Sentencia 11001032800020100006400 (20130917155727), sep. 12/13, C. P. Alberto Yepes)

 

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