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26 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 13 minutos | ISSN: 2805-6396

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¿DUR del sector Justicia requiere cambios?

09 de Junio de 2020

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Desde el pasado 26 de mayo, el Ministerio de Justicia y el Departamento Nacional de Planeación (DNP) iniciaron un plan piloto de consulta pública para la depuración de disposiciones del DUR del sector Justicia. En esta etapa las personas podrán manifestar las observaciones que tengan en relación con las disposiciones contenidas en la norma, a través del Sistema Único de Consulta Pública (Sucop), hasta el próximo 18 de junio.

 

Es de resaltar que este proyecto de depuración se aplicará posteriormente a los decretos únicos reglamentarios que han expedido los 23 sectores de la administración pública nacional restantes.

 

¿Cuáles son los criterios de depuración?

Foto 1 Minjusticia

 

Metodología del proceso

 

El proceso de revisión y validación final de las disposiciones a depurar será responsabilidad del director jurídico cabeza del sector, quien, apoyado por los expertos de las dependencias misionales y entidades adscritas y vinculadas, analizará cada disposición del DUR de acuerdo con unos criterios y un cronograma preestablecidos en la metodología de depuración normativa.

 

Dentro del periodo de análisis se tiene previsto un término de 30 días para permitir que los ciudadanos puedan intervenir en el proceso de depuración, periodo en el cual las personas podrán manifestar las observaciones que tengan en relación a la posible depuración de las disposiciones del DUR, consulta pública que se realizará a través de la página del Sucop. La Dirección Jurídica deberá dar respuesta a cada una de las observaciones o comentarios de los ciudadanos.

 

Al final de este proyecto piloto, la Dirección Jurídica del Ministerio de Justicia entregará como resultado concreto el listado de las disposiciones potencialmente depurables. Con este insumo se elaborará el decreto mediante el cual se derogarán expresamente las disposiciones, para que sea incluido en la agenda regulatoria del sector Justicia y surta el procedimiento respectivo para su expedición, que finalmente será el instrumento que depure el Decreto 1069 del 2015.

 

¿Cómo participar en el proceso de depuración del DUR del sector justicia?

 

A través de este video se explica de manera sencilla cómo participar en el proceso.  De Igual manera, se ha elaborado un instructivo de la consulta, con el paso a paso para el acceso al proceso.

 

 

La viceministra de Justicia, Juanita López Patrón, explicó a ÁMBITO JURÍDICO algunos aspectos de este proceso.

 

ÁMBITO JURÍDICO (A. J.): ¿De dónde surge la depuración del DUR?

 

JUANITA LÓPEZ PATRÓN (J. L. P.): Una vez identificado el fenómeno de inflación normativa y sus consecuencias en relación con la seguridad jurídica y la coherencia y certeza del ordenamiento jurídico, la Directiva Presidencial 01 del 2005 ordenó, entre otros aspectos, que “se elaborase el inventario de la normativa legal y reglamentaria de cada sector administrativo, así como de la jurisprudencia que la afecte”.

 

En atención a las funciones y objetivos del Ministerio de Justicia se ha advertido la posible existencia de varias disposiciones de los decretos únicos que pueden ser expulsadas expresamente del ordenamiento jurídico, por cumplir con los requisitos establecidos en los criterios de depuración elaborados por la Dirección de Ordenamiento Jurídico.

 

La depuración se va a desarrollar con los 24 sectores de la administración pública nacional, bajo la coordinación de la Dirección de Ordenamiento Jurídico, que elaboró una metodología en la cual se establecen claros criterios, procedimientos, responsables e instancias para el desarrollo del proceso de depuración, con el fin de brindar claridad, certeza  y conocimiento por parte de las personas, las reglas de interacción entre la sociedad y las entidades públicas del orden nacional.

 

A. J.: ¿Cómo les servirá a los abogados y a los administradores de justicia esta depuración?

 

J. L. P.: Los abogados y administradores de justicia que viven inmersos y ejercen su profesión en un contexto afectado por el inocultable fenómeno histórico de inflación normativa y de fetichismo jurídico (que atribuye a la norma un poder casi mágico para afrontar los asuntos y problemáticas de la sociedad), tendrán la confianza, seguridad jurídica y claridad en el uso y aplicación del decreto reglamentario, constituyéndose en una oportunidad histórica para la coadyuvancia en la remodelación y racionalización sostenible de la producción normativa a cargo del Gobierno.

 

Igualmente, el resultado de este y los subsiguientes procesos de depuración permitirá que el ejercicio profesional se pueda desplegar de forma más efectiva, ágil y segura, en beneficio no solo para ellos, sino para la ciudadanía, debido al mayor grado de certeza que será posible tener en relación con la normativa aplicable a los casos concretos en que actúan en representación de los intereses de sus poderdantes y representados.

 

 

A. J.: ¿Se tienen previstas reglas para futuras modificaciones y adiciones que se hagan al DUR ya depurado?

 

J. L. P.: El proyecto de depuración contempla la revisión y análisis de toda la normativa del DUR, incluyendo las modificaciones y/o adiciones que se han realizado hasta la fecha, lo que significa que el resultado de la depuración será completo y vigente. Ahora bien, los procesos de calidad normativa implican una revisión periódica de las disposiciones, es decir, que en un periodo (posterior) será nuevamente objeto de revisión, de manera que genere a la ciudadanía seguridad jurídica.

 

Es por ello que la Dirección de Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia actualmente está avanzando en la elaboración de un manual de técnica de producción normativa, mediante el cual se propone formular una estrategia para fortalecer la calidad de la producción normativa de la Rama Ejecutiva del orden nacional, mediante la creación de un conjunto de estrategias, herramientas y capacidades institucionales, que se materializan y perfeccionan por la adopción de mejores prácticas en la materia, acogiendo los estándares internacionales.

 

A. J.: ¿Cómo no caer en errores pasados a la hora de depurar el DUR?

 

J. L. P.: El proyecto de depuración actual contempla un exhaustivo análisis pasando por diferentes filtros e instancias, precisamente las experiencias del pasado han permitido mejorar no solo los procesos, sino también la técnica; por lo que se ha contemplado y analizado cada uno de los componentes que intervienen en la depuración: tiempos, partícipes, criterios, métodos, herramientas, instancias, filtros, procedimientos normativos, entre otros, para que el resultado realmente sea un producto de calidad y referente para los demás sectores. 

 

Al respecto, es imprescindible señalar la gran utilidad e importancia que tiene la adopción de las metodologías de Análisis de Impacto Normativo (AIN), ex ante y ex post, que se están instaurando con la colaboración, entre otros, del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Ministerio de Comercio, el Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo de la Función Pública, que es un referente ineludible en materia de producción normativa para la racionalización de trámites.

 

Foto 2 Minjusticia

 

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