Precisemos. El fallo @CorteIDH en caso Petro vs. Colombia, que aplicó art. 23.2 Convención Americana D.H., no quebranta -como algunos dicen- el ordenamiento jurídico colombiano. El que violó normas, derechos y garantías e invadió la órbita judicial fue el Procurador de la época.
— José Gregorio Hdez G (@josegreghg) August 20, 2020