#LaCorteInforma📰l Al tutelar el derecho fundamental a la oposición política, en los términos del artículo 112 de la Constitución, la Corte Constitucional ordena al Consejo Nacional Electoral reconocer la personería jurídica al movimiento político Colombia Humana. (1/3) pic.twitter.com/c4LquXsbNG
— Corte Constitucional (@CConstitucional) September 17, 2021
Y exhorta al Gobierno Nacional y al Congreso de la República, a avanzar en la implementación de los compromisos en materia de promoción del pluralismo político previstos en el punto 2.3.1 del Acuerdo Final de Paz.
— Corte Constitucional (@CConstitucional) September 17, 2021
(2/3) pic.twitter.com/jojeXCM68F
Lo anterior en particular de las medidas acordadas para promover el acceso al sistema político y para promover la igualdad de condiciones en la competencia política.
— Corte Constitucional (@CConstitucional) September 17, 2021
M.P. Alejandro Linares Cantillo. (3/3) pic.twitter.com/QeT4zAOERg