Por analogía, solicitud de adjudicación de apoyos transitorios, de persona mayor de edad con discapacidad y que puede darse a entender, se tramita por el proceso verbal sumario y ante juez de familia de su domicilio (art. 54 L. 1996/2019): #SalaCivil Ver https://t.co/Qq8xQrzyUK
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) February 3, 2020