#NotaConstitucional. La Corte advirtió que el enojo o la rabia no puede ser excusa para la publicación de imágenes íntimas de un tercero.
— Corte Constitucional (@CConstitucional) February 25, 2023
M.P. Jorge Enrique Ibáñez Najar. https://t.co/kNLqxaHHJr pic.twitter.com/iDP2JuUfCY
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