#PublicacionesRelatoría ⚖️ l Sentencia T-220/21.https://t.co/LPoNePRLFk
— Corte Constitucional (@CConstitucional) August 18, 2021
Se CONCEDE el amparo invocado, se dejan sin efectos los actos administrativos en los que se negó la inclusión en el RUV y se ordena a la entidad proferir uno nuevo. pic.twitter.com/0L16hWvu9i
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