Por eso los asuntos que llegan a las Cortes dejan de “pertenecerle” a las partes; ahora son cuestiones que conciernen al ordenamiento jurídico y que, por tanto, trascienden los intereses de los contendientes.
— Marco A Álvarez (@marcoalvarezg) January 9, 2020
Algunos quisieran que todas las sentencias fueran revisadas por las Cortes de cierre. Pero esta no es su función, pues la idea no es que digan el derecho en todos los litigios, sino que la “norma” que digan en un caso, sirva para que los jueces solucionen los pleitos análogos
— Marco A Álvarez (@marcoalvarezg) January 9, 2020