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04 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 7 horas | ISSN: 2805-6396

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Edictos

EDICTO EMPLAZA A VÍCTIMAS

02 de Julio de 2023

REPÚBLICA DE COLOMBIA, JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ. La Sala de Amnistía o Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (Bogotá D.C.), en los términos de los artículos 1 y 12 transitorios del Acto Legislativo 01 de 2017, el numeral 5 del Acuerdo Sobre las Víctimas del Conflicto, Ley 600 de 2000, Ley 906 de 2004 y el artículo 3 de la Ley 1922 de 2018, EMPLAZA por el término de diez (10) días hábiles, a las personas que podrían ser consideradas víctimas directas o indirectas con ocasión a los hechos siguientes: Por el delito de desaparición forzada de Ahrenis Andrea Pardo Hernández, hechos que tuvieron desarrollo en la inspección de Pueblo Nuevo municipio de Tame -Arauca, para el 14 de junio de 1999, fecha en la cual llegó un grupo armado perteneciente a las FARC, al mando de alias "Tuerto Camilo". El 4 de mayo de 2004, el vehículo Fiat 147 con matrículas FSF-469, acondicionado con una cantidad aproximada de 40 kilogramos de "indugel" y "superanfo" hizo explosión en el municipio de Tame Arauca, frente al Supermercado "Autoservicio La 14", ubicado en la Calle 14 No. 15-09 del Centro de esa población, luego de haber sido detonado, a distancia, mediante activación de señal de radio. Estos dos hechos que se encuentran bajo el radicado 9000856-96.2020.0.00.0001, en el cual se dictó la Resolución SAI-AOI-D-RJC-079-2023 del dieciséis (16) de Junio de dos mil veintitrés (2023), a través de la cual se DECLARÓ que los delitos de Homicidio agravado de los artículos 103 y 104-8 del c.p.; Lesiones personales agravadas de los artículos 111,113, 119 y 104 del c.p., terrorismo de que trata el artículo 343 del c.p., y Desaparición forzada agravada -artículo 165 del c.p., reclutamiento ilícito artículo 162 del c.p., de Arhenis Andrea Pardo Hernández, atribuido en los procesos en referencia, NO SON AMNISTIABLES. Se CONCEDIÓ LA LIBERTAD PROVISIONAL del artículo 81 de la Ley 1957 de 2019 al señor IGNACIO LEAL GARCÍA y se ordenó remitir el proceso a la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de hechos y Conductas, a fin de que obre en los casos 10 y 07. Este emplazamiento se realiza el dos (02) de julio de dos mil veintitrés (2023) y se publicará en el diario El Tiempo. De igual manera, se informa que el término para que se manifiesten los interesados es de diez (10) días hábiles, después de su publicación. ALBA LUZ PIEDRAS ORTIZ, Secretaria Judicial, Sala de Amnistía o Indulto.

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