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01 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 1 segundo | ISSN: 2805-6396

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Edictos

AVISO

02 de Julio de 2023

JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA CÁQUEZA, CUNDINAMARCA, Dando cumplimiento a lo ordenado en providencia proferida el 15 de Junio de 2023 en el proceso de JURISDICCION VOLUNTARIA - DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO, iniciado mediante apoderado judicial por la señora CARMEN ROSA VIZCAINO REYES, radicado No. 251513184001 2022 0002300 y, conforme a lo previsto en el Artículo 583 del C.G.P., se publica el presente aviso, que contiene el encabezamiento y la parte resolutiva de la sentencia. ACTA AUDIENCIA ORAL PROCESO JURISDICCION VOLUNTARIA ARTÍCULO 579 DEL C.G. DEL P. Cáqueza, Cundinamarca. quince (15) de Junio de 2023, RADICACIÓN: 25-151-31-84-001-2022-00023-00, CLASE DE PROCESO: JURISDICCION VOLUNTARIA, ACCIÓN: DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO, DEMANDANTE: CARMEN ROSA VIZCAINO REYES Y OTROS DESAPARECIDO, JHON ALEXANDER GUTIERREZ VIZCAINO. En mérito de lo anteriormente expuesto, el titular del JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE CÁQUEZA, CUNDINAMARCA, administrando Justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR que el señor JOHN ALEXANDER GUTIERREZ VIZCAINO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.412.431 de Cáqueza, Cundinamarca. Nacido el día doce (12) de Marzo del año mil novecientos ochenta (1980) en el municipio de Caqueza Cundinamarca; FALLECIÓ PRESUNTIVAMENTE el día diecinueve (19) de Febrero del año dos mil seis (2006). SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, ORDENASE transcribir lo resuelto en el presente fallo, al señor Registrador Municipal del Estado Civil de Cáqueza, Cundinamarca, para que extienda el registro civil de defunción, conforme a la regla 2o. consagrada en el artículo 584 del Código General del Proceso. TERCERO: DISPONER que, una vez ejecutoriado el presente proveído, se publique el encabezamiento y parte resolutiva de este fallo, en la forma prevista en el Numeral 2o. del Artículo 583 del C.G. del P., un día domingo en el diario EL TIEMPO y en la radiodifusora local LA VOZ DE CÁQUEZA. CUARTO: EXPÍDANSE las copias pertinentes para los efectos legales, tal como lo dispone el Artículo 114 del C. G. del P. QUINTO: Se notificó la presente decisión en estados judiciales, de conformidad con lo establecido en el Artículo 294 del C.G. del P. Para efectos de notificación al público se fija el presente AVISO, hoy, veintiuno (21) de Junio de 2023, en lugar público y visible de la secretaria del Juzgado. Se expide copia para que la parte Interesada realice la publicación ordenada en el Numeral 2o. del Artículo 583 del C.G P, un día domingo en el diario EL TIEMPO y en la radiodifusora local LA Voz DE CÁQUEZA. COSNTANZA ESPINOSA ROBAYO, Secretaria.

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