Copropiedad puede aprobar constitución de reservas con excedentes generados con recaudos del fondo de imprevistos
La copropiedad puede aprobar la constitución de reservas con los excedentes que se generan por los recaudos del fondo de imprevistos y de otras fuentes, que pueden apropiarse para el mantenimiento, reparación, construcción o fabricación de bienes comunes, esenciales o no. Estas reservas, que permanecen en el activo neto, por efecto de la reclasificaron de los excedentes acumulados, no necesariamente reflejan la existencia de fondos líquidos, ya que es posible que la entidad tenga resultados a...
Ver nota completaConsejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto, 223, 11/04/2022.