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Transparencia fragmentada: cuando demasiadas reglas producen menos claridad

Cada regla, en abstracto, tiene un propósito válido. Pero en conjunto, el resultado es un rompecabezas de definiciones distintas, umbrales disímiles y autoridades múltiples.

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21 de Agosto de 2025

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Gabriel Sánchez
Socio de Posse Herrera Ruiz

La palabra “transparencia” se repite como mantra en la discusión sobre empresas, impuestos y mercados.  Hay un aparente consenso sobre la importancia y conveniencia de revelar quién controla realmente una compañía, quién toma las decisiones y quién se beneficia de sus utilidades. Esa información es clave para los acreedores, para los inversionistas, para el Estado que recauda impuestos y para los ciudadanos que aspiran a beneficiarse de mercados competitivos.

Existe un entramado de normas que buscan visibilizar el control y la propiedad. El derecho societario obliga a declarar situaciones de control y grupos empresariales. El derecho de la competencia reconoce incluso el control negativo –el poder de vetar decisiones– y el co-control, cuando dos empresas comparten poder sin tener mayoría. Bajo las reglas NIIF deben consolidarse y revelarse transacciones cuando existe poder sobre las actividades relevantes y sobe la disposición de los retornos. El Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) exige identificar a cualquier persona natural con más de un 5 % de participación.  Las reglas del mercado de valores fijan umbrales de 5 %, 10 % o 25 % para revelar participaciones significativas. Y la Dian utiliza definiciones amplias de vinculación económica en materia de precios de transferencia.

Cada regla, en abstracto, tiene un propósito válido. Pero en conjunto, el resultado es un rompecabezas de definiciones distintas, umbrales disímiles y autoridades múltiples. Una misma empresa (o empresario) puede ser un grupo empresarial en la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades), parte de una unidad económica en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), una entidad consolidada en las NIIF, un vinculado tributario para la Dian, un beneficiario final en el RUB y un accionista significativo en la Superintendencia Financiera.

La paradoja es evidente: más normas de revelación no siempre significan más claridad. Al contrario, los datos terminan siendo redundantes, difíciles de comparar y, en ocasiones, contradictorios. A este fenómeno lo podríamos llamar la paradoja de la transparencia superpuesta.

Desde la óptica del análisis económico del derecho, la superposición de reglas genera tres efectos claros:

(i) Costos crecientes de cumplimiento. Las empresas deben presentar la misma información, con ligeras variaciones, ante múltiples entidades. A menudo contratan asesores solo para llenar formularios distintos con datos idénticos.

(ii) Procesamiento ineficiente. Las autoridades reciben montañas de reportes que no siempre dialogan entre sí. Lo que para una entidad es control, para otra es simple vinculación y para una tercera es irrelevante.

(iii) Arbitraje regulatorio. Cada definición se puede usar de manera estratégica. Una empresa puede minimizar su control ante la Supersociedades, aceptar co-control ante la SIC y reportar beneficiarios distintos en el RUB.  El regulador cree tener transparencia, pero lo que recibe son versiones fragmentadas de la misma realidad.

En un país como Colombia, donde la mayoría de compañías se controlan de manera directa con participaciones mayoritarias, el beneficio marginal de tantas capas de información es bajo. Todos saben quién es el dueño real; lo que sobra es papeleo.

La situación puede parodiarse con lo que ocurriría con un andamiaje de entidades de tránsito para vigilar el pico y placa. Cada una define su propia regla: una prohíbe circular a los pares, otra a los impares, otra a los carros rojos y otra a los que tienen más de 10 años de antigüedad. Al final, los ciudadanos llenan formularios y compran calcomanías, pero el tráfico sigue igual de caótico. El costo es altísimo y el retorno social, mínimo.

Opiniones autorizadas denominan el fenómeno como cosmetic compliance o ritualistic disclosure: las empresas cumplen con los rituales de la regulación, entregan formularios y reportes, pero el contenido real no cambia.  Es un cumplimiento de fachada que combina lo peor de una buena intención: costos altos, burocracia perezosa y beneficios sociales reducidos.

El proyecto de reforma societaria que promueve el profesor Francisco Reyes apunta en esa dirección: simplificar reglas, permitir que el empresario persona natural asigne parte de su patrimonio a su negocio sin necesidad de crear una sociedad y reducir así fricciones innecesarias. La lógica es clara: no se trata de eliminar transparencia, sino de hacerla más eficiente y útil.

El reto para Colombia es lograr que la búsqueda de transparencia no se convierta en un mosaico de reportes fragmentados, sino en información realmente esclarecedora. Menos formularios, menos umbrales contradictorios y un estándar coherente que permita a todas las autoridades trabajar harmónicamente; hasta entonces seguiremos invirtiendo recursos valiosos y escasos en retornos regulatorios sociales marginales.

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