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Este será el decreto que eliminará la exención de cobro de la sobretasa de energía

Sectores como explotación de minas y canteras y de la construcción no tendrán el beneficio.

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Niegan tutela que buscaba suspender la construcción de una torre de energía (Freepik)

26 de Agosto de 2025

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El Gobierno planea expedir un decreto que suprimiría la exención de cobro de la contribución solidaria de energía. Para justificar el cambio recordó que las leyes 142/92 y 143/94 establecieron que los usuarios de los estratos 5 y 6 y los industriales y comerciales debían pagar una sobretasa o contribución solidaria de máximo el 20 % sobre la tarifa de energía para contribuir al financiamiento de subsidios para los estratos 1, 2 y 3.

Ahora bien, el artículo 2 de la Ley 1430/10 estableció que a partir del año 2012 los usuarios industriales no serían sujetos de este cobro y que el Ejecutivo establecería los beneficiarios del descuento. Por eso se expidió el Decreto 2860/13, que listó la industrias beneficiarias, incluyendo la explotación de minas, canteras y el sector de la construcción.

Dice Minhacienda que estos beneficios significan una carga de casi $ 3 billones anuales, por esto propone enfocarlos exclusivamente a usuarios de industrias manufactureras, para lograr un ahorro fiscal de $ 1,4 billones.

Así, se modificaría la clasificación de los usuarios industriales para que coincida con la definición de industria, según lo señalado por la Clasificación CIIU Rev. 4 A.C. 

Para la aplicación de la exención, el usuario industrial deberá radicar la respectiva solicitud ante la empresa prestadora del servicio público de energía y esta deberá reportar la información a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. 

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